martes, 15 de febrero de 2011

PROCESO OPERATIVO DEL CRÉDITO DOCUMENTARIO

1.El contrato de compraventa, se firma por Exportador e Importador, estableciendo las condiciones de la operación así como el pago que se efectuara mediante el crédito documentario pagadero a la vista.

2.El Importador solicita a su entidad financiera (banco emisor) la apertura del crédito contra documento conformes.

3.El banco Emisor evalúa si la operación es viable y si es así realiza la apertura del crédito documento al banco del Beneficiario (Banco corresponsal, intermediario, avisador, pagador o confirmador), mediante un mensaje Swift MT700.

4.El banco Avisador recibe el condicionado y lo notifica el Beneficiario.

5.El beneficiario revisa el contrato, prepara la mercancía, la embarca y la hace llegar al país de destino.

6.El exportador entrega a su banco los documentos tanto comerciales como financieros, que se exigen dentro del plazo establecido, y en las condiciones acordadas.

7.El banco Avisador remite los documentos al banco del Emisor.

8.El banco Emisor revisa los documentos recibidos y si estas cumplen las condiciones el banco avisador transferirá los fondos para que pague al Beneficiario. Y simultanéame le entrega los documentos al importador para que pueda retirar los documentos en la aduana.

9.El Banco Avisador paga al exportador el importe de los documentos presentados.

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